Será el próximo 2 de diciembre, en sesión extraordinaria de las Asambleas Municipales del Poder Popular
Raúl Castro Ruz, Primer Vicepresidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el Artículo 94 de la Constitución de la República
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: En cumplimiento de lo preceptuado en el Artículo 94 de la Ley No. 72, «Ley Electoral», de 29 de octubre de 1992, corresponde, por parte de las Asambleas Municipales del Poder Popular, realizar la nominación de los candidatos a Delegados a las Asambleas Provinciales y de Diputados a la Asamblea Nacional, respectivamente, del Poder Popular, con vista a las elecciones que se efectuarán el próximo veinte de enero de 2008.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas, tanto en la Constitución de la República, como en la Ley Electoral, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
PRIMERO: Disponer que las Asambleas Municipales del Poder Popular se reúnan el día dos de diciembre de 2007 en Sesión Extraordinaria para efectuar la nominación de los candidatos a Delegados a las Asambleas Provinciales y a Diputados a la Asamblea Nacional, respectivamente, del Poder Popular.
SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a los Presidentes de las Comisiones Nacionales Electoral y de Candidaturas; a los Presidentes de la Asamblea Nacional, de las Asambleas Provinciales y de las Asambleas Municipales, respectivamente, del Poder Popular, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los veintiún días del mes de noviembre de 2007, «Año 49 de la Revolución».
Raúl Castro Ruz
Primer Vicepresidente del Consejo de Estado