AIN.- Mientras en el mundo 158 millones de niños y niñas de entre cinco y 14 años están sometidos a la explotación laboral, según datos del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), los pequeños en Cuba disfrutan de sus derechos. La voluntad política del Estado Cubano -desde el triunfo de la Revolución en enero de 1959- desterró del archipiélago el trabajo infantil, el cual priva a los chicos de su niñez y perjudica su desarrollo físico y psicológico.


El Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) indica, además, que ese tipo de actividad interfiere con su escolarización, les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o les exige combinar el estudio con un trabajo pesado, el cual les roba mucho tiempo.

Al contrario de lo que sucede en muchos lugares del mundo, donde la marginación social, la extrema pobreza y las redes de explotación infantil afloran en las calles, los niños en Cuba tienen acceso gratuito a la educación con carácter obligatorio, hasta los 14 años de edad.

La creación de los Círculos Infantiles, la implementación del programa de estimulación temprana "Educa a Tu Hijo", el desarrollo del Programa Educativo Comunitario "Para la Vida" y el fomento de una cultura de derechos a través del proyecto "Por un Mundo al Derecho" la ubican como modelo.

Hoy el país exhibe una tasa de escolarización en la enseñanza primaria por encima del ciento por ciento, y ningún niño de cinco a 14 años practica el trabajo infantil, según estadísticas de la UNICEF.

La nación caribeña siendo bloqueada y con escasos recursos logra la implementación de los derechos de la niñez, también aplicables a los pequeños con alguna discapacidad física o mental.

Así lo confirmó recientemente en La Habana, Seija Toro, representante en Cuba de la UNICEF, al presentar el Estado Mundial de la Infancia, reporte anual de esa organización dedicado en 2013 a la nueva generación con discapacidad.

La directiva destacó el trabajo con este sector de la población, y agradeció la transparencia del Estado al facilitar las estadísticas sobre la atención brindada a los menores de edad, información que en otros países es muy difícil de recopilar.

Para los cubanos la Convención de los Derechos del Niño posee un carácter de ley nacional, la cual se refleja en la existencia de una comisión permanente en el Parlamento, para atender problemáticas referidas a la educación y protección de los menores.

Sin embargo, en zonas de gran exclusión, como América Latina y África, se viola ese instrumento jurídico, el cual en su artículo 19 regula proteger al infante contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluida la sexual.

El gobierno de la mayor isla de las Antillas ha ratificado la Convención y la de los Derechos de las Personas con Discapacidad, y desde diciembre de 1992 cuenta con una oficina del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia.

Niños cubanos en plenitud de derechos 

La Convención de los Derechos del Niño entró en vigor en Cuba el 20 de septiembre de 1991. La rúbrica del documento permitió al país valorar lo hecho y cuánto faltaba por hacer

Margarita Barrios / JUVENTUD REBELDE

Hoy se celebra el Día Internacional de la Infancia. Normativas jurídicas como la Convención de los Derechos del Niño, aprobada en 1989, protegen a los infantes, y sin embargo, estas son violadas en muchos países del mundo. 

Datos recientes del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) señalan que 600 millones de niños viven en la pobreza; a 121 millones se les niega el derecho a la educación; 352 millones están obligados a trabajar; más de dos millones son obligados a ejercer la prostitución o utilizados en la pornografía, y un altísimo número muere a consecuencia de enfermedades prevenibles o son víctimas del tráfico de seres humanos. 

La Convención de los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. De los más de 190 países que integran la ONU, solo no la han ratificado Somalia y Estados Unidos. 

Fue el primer instrumento que incorporó toda la escala de derechos humanos internacionales, entre estos los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. Su cumplimiento es obligatorio para los Estados signatarios. 

Sus principios rectores incluyen la no discriminación, la adhesión al interés superior del niño, el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo y a la participación. 

Posee 54 artículos que exigen la prestación de recursos y aptitudes específicos necesarios para asegurar al máximo la supervivencia y el desarrollo de la infancia, además de la creación de mecanismos para proteger a los niños contra el abandono, la explotación y el maltrato. 

Dispone que la persona menor de 18 años tiene, entre otros, el derecho a la vida, a ser inscrita, a tener un nombre y una nacionalidad; a la libertad de pensamiento, de religión y de asociación; al disfrute de la salud y la educación, al descanso, al juego y a actividades recreativas propias de su edad. 

Los postulados de la Convención obligan a los países a una protección integral, lo cual implica derechos en la justicia administrativa, y también sociales y económicos. Pero el cuidado de la infancia ha de materializarse con certeza jurídica; la ley ha de ser reguladora de la convivencia social. Y la familia, la escuela y la comunidad han de responder conscientes del papel que les toca desempeñar. 

Los niños y las niñas son lo primero 

En Cuba las garantías constitucionales y las políticas públicas están dirigidas a favorecer a niños y adolescentes, anteceden a la misma Convención, y en algunos aspectos sobrepasan en su aplicación el límite de sus disposiciones.

 El Estado cubano no esperó por la adopción de ningún tratado o cumbre internacional para consagrar su voluntad de proteger y garantizar los derechos de los niños. 

Desde la década de los 60 del pasado siglo entraron en vigor medidas, programas y una legislación que aseguraba que niños y adolescentes son titulares de los mismos derechos de que gozan todos los ciudadanos, más otros específicos derivados de su condición de personas que están creciendo. 

Cuba firmó la Convención sobre los Derechos del Niño el 26 de enero de 1990, y la ratificó el 21 de agosto de 1991. El instrumento entró en vigor el 20 de septiembre de ese mismo año. La rúbrica del documento permitió al país valorar lo hecho y cuánto faltaba por hacer. 

En ese entonces Cuba ya contaba con una serie de normas jurídicas que brindaban una protección especial a los menores, desde la Ley de la Maternidad de la Trabajadora, de 1974; el Código de Familia, de 1975, y el Código de la Niñez y la Juventud, de 1978, que se adelantó a la Convención en cuanto al tema de la participación del joven. 

A partir de 1991 estas normas se atemperaron al principio del interés superior del niño presente en el texto de Naciones Unidas. Por ejemplo, en 2003 el Consejo de Estado aprobó el Decreto-Ley No. 234, que respalda la responsabilidad de ambos padres en el cuidado de los hijos, y en 2007 se dictó la Instrucción 187 del Tribunal Supremo Popular, que establece que en aquellos procesos de naturaleza familiar, el menor debe ser oído por el tribunal que conoce del asunto, en un ambiente propicio. 

Pero las leyes por sí mismas no garantizan todo. Más allá de lo que hace el Estado cubano para que los pequeños disfruten de una infancia feliz, es imprescindible que se involucren en su implementación la sociedad en su conjunto, cada familia, cada persona. 

Por ello se hace imprescindible el constante trabajo de organizaciones de masas como la Federación de Mujeres Cubanas y de los trabajadores sociales, entre otras instituciones que tienen entre sus objetivos velar porque todos disfruten de una niñez sana. 

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