Rachel D. Rojas - Progreso Semanal.- Fondo de cortinas marrón; alrededor algunas macetas con plantas ornamentales y un buró de madera bien barnizada; recinto sin luz natural. En primer plano, la ministra de justicia María Esther Reus González explica que existen dos vías para aprobar normas jurídicas en el país: una es un acuerdo del Consejo de Estado (CE) de 2012 “que se aprobó para la implementación de los lineamientos”, y otra que corresponde al programa legislativo que ya existía, “pero que avanzaba muy lentamente”. Esta última vía se estipuló mediante el acuerdo 651 de la Comisión del Buró Político del Partido Comunista de Cuba y del Consejo de Ministros.


 

En el video, la ministra Reus González admite que “estamos entonces en una disquisición de cuál usamos para esto y cuál para lo otro”, pero que ya se trabaja en una norma que disponga una única forma de legislar. La ministra ha identificado esta dualidad como una deficiencia. Al no existir esta norma única que ordene el proceso legislativo, este tiene lugar de muchas maneras, a veces incoherentes entre sí.

El antiguo proceso incluye la conformación de normas jurídicas como los Decretos, Resoluciones y Acuerdos. Mientras que el más reciente protocolo acordado por el CE, máximo órgano de administración y parte de la Asamblea Nacional, en la práctica se ha centrado en la creación de Leyes, la norma de mayor rango jurídico.

Antes de esta vía post lineamientos, solo en la Constitución y el Reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) se instituía cómo se presentan y aprueban los proyectos de Ley. El procedimiento legal ahí establecido, en peligroso menoscabo a la participación popular, es uno de los que menos se utiliza actualmente en Cuba, donde en 2015 se publicó en la Gaceta Oficial solo la Ley del Presupuesto del Estado teniendo como guía el acuerdo del CE. Ese año se publicaron además 9 Decretos-Leyes, 8 Decretos, 890 Resoluciones y 224 Acuerdos.

De esas cifras se puede inferir que la voluntad popular traducida en Ley no pasa entonces a discusión por su órgano primario de representación, que es la ANPP, puesto que la mayor parte de las normas (con un amplio alcance e impacto en la vida social del país) la dictan estructuras como el Consejo de Estado, y aparatos de gobierno como el Consejo de Ministros y los propios ministerios.

El proceso para crear, aprobar e implementar leyes, ampliamente comentado en la investigación de maestría de la jurista Amalia Pérez Martín, queda establecido de la siguiente manera en el Reglamento de la ANPP:

Incluso con sus carencias, estos pasos se muestran más abocados a la democratización legislativa y a la participación.

Por otro lado, de esta forma lo explicó la ministra de justicia María Esther Reus González en 2014, durante una conferencia en la Escuela Superior de Cuadros del Estado y del Gobierno, titulada en el video “Perfeccionamiento empresarial en Cuba”:

 

Puede que esta forma resulte eficaz para resolver problemas, pero se trata de un proceso en el que las mayorías no deciden ni opinan sobre leyes y mandatos a los que luego deberán someterse.

Decretos-Leyes no es igual que Leyes

1979. La ANPP reunida en pleno aprueba por unanimidad la proposición para autorizar al Consejo de Estado a dictar Decretos-Leyes con la facultad de modificar o derogar leyes ya aprobadas por los parlamentarios. Los cambios realizados por el CE entre uno y otro período de sesiones deben ser sometidos entonces a la ratificación (que no aprobación) de la ANPP.

Desde ese día, en la práctica los decretos-leyes y las leyes tienen hasta hoy idéntica jerarquía normativa en Cuba, en plena contravención a lo que dicta la Constitución. Con ese acuerdo, la ANPP se extralimitó de su marco legal y faltó a sus funciones (una de ellas: velar por la constitucionalidad de todas las normas jurídicas emitidas, Artículo 4c), para otorgar el derecho que le concede la Constitución únicamente a ella como representante de la voluntad popular al CE, una estructura compuesta por 31 miembros que representa a la ANPP entre períodos de sesiones, es decir, la mayor parte del año.

Este fenómeno, según explica Amalia Pérez en su trabajo, “se traduce en el traslado de la posibilidad de debate y de liderazgo a otras instancias distintas de la ANPP, en la limitación de la participación ciudadana y la transparencia en el proceso de creación del Derecho, en la falta de credibilidad en la instancia parlamentaria y en la Ley, y en el freno a su desarrollo institucional”.

Técnica y legalmente la ANPP podría vetar o derogar cualquiera de estos Decretos-Leyes, pero según las fuentes consultadas, no se tiene conocimiento de que eso haya ocurrido alguna vez.

Durante una entrevista de más de dos horas, el jurista y profesor Julio Antonio Fernández Estrada, imperturbable, reafirma la anticonstitucionalidad en que se traduce esa sesión de derecho: “Eso significa, por ejemplo, que la Ley de medios, o las políticas anunciadas en la prensa no tienen que ser aprobadas por la ANPP porque los Decretos-Leyes valen como Leyes. Y la ANPP no posee la atribución de aceptar eso. (…) Se trata del máximo órgano del Estado, pero la Constitución dice lo que se permite y lo que no”.

La propia ministra de justicia reafirma en la citada conferencia que en el período 2007-2012 los Decretos-Leyes han protagonizado la vida jurídica de la nación: “una forma de legislar muy ágil, muy práctica, que no podemos perder de vista”. Y en efecto, el CE no necesita el procedimiento para ejercitar iniciativa legislativa, explicado en el Reglamento de la ANPP, porque gracias a ella puede aprobar las normas directamente.

La participación en la práctica también está obstaculizada para los diputados de la ANPP, cuyo papel fundamental es la representación de la voluntad popular: 1) no son profesionales, es decir, ser diputados no es su trabajo a tiempo completo sino que se reúnen dos veces al año durante tres días; 2) el resto del año quedan representados, no sustituidos, por el CE, de lo que se deriva que esta estructura tenga el mayor peso legislativo, y en general de Estado; 3) hay asuntos de gran complejidad (dualidad monetaria, inversión extranjera, política salarial, etc.) que habría que explicar con tiempo y detenimiento para que los diputados puedan conocer la materia que se discute y sobre la que se decide, y a veces hay mucha prisa.

Por ejemplo: Al concluir la conferencia de la ministra en la Escuela Superior de Cuadros, una diputada pidió la palabra y explicó que nunca les llega la política para discutirla cuando se está conformando, sino que en su lugar se les entrega un anteproyecto de Ley ya construido. Y le preguntó por la posibilidad de que “se nos pueda tener en cuenta en el acceso a esas políticas, incluso incidir en algún aspecto que quizás no esté presente y se pueda incluir”, pues con el proceso alrededor del Código de Trabajo, aprobado en 2014, se había quedado insatisfecha.

La funcionaria, representante de una institución gubernamental, dijo a la diputada, representante del pueblo, que, “una política no puede ser decidida en un CDR, estoy poniendo ejemplos para ilustrar, porque el deseo es mucho, pero las necesidades son las que tenemos que priorizar. Hay una línea de trabajo de qué debemos modificar, cómo, cuáles son los momentos, qué va primero y qué después. O sea, que todo esto ha sido elaborado con mucha, vamos a decir, determinación, cautela. (…) Y a veces son decisiones que no del todo son las más acogidas, porque es necesario resolver ese problema, y no voy a entrar aquí a explicar por qué y qué está en juego si no hacemos los cambios que hay que hacer. Es por ello que aunque esas políticas tienen ese nivel, porque son decisiones de país, se le ha dado participación en su elaboración a quienes les compete…”. Y continúa.

Sus palabras son el resultado de procesos políticos aún más profundos en los que se ha omitido el detalle de preguntar y volver a preguntar a los cubanos y cubanas por su opinión.

Es necesario y urgente el replanteamiento de la concentración de poderes, en favor de la unidad como defensa de la soberanía popular y garante del socialismo. El costo político de omitir la participación ciudadana es muy alto. El costo para el futuro es también el continuo desgaste moral de quienes queremos país para mañana, pero no lo sentimos nuestro hoy.

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