Oscar Figueredo Reinaldo, Lissett Izquierdo Ferrer, Dinella García Acosta, Deny Extremera San Martín, Irene Pérez - Cubadebate - Video: Canal Caribe / TV Cubana.- Con la presencia del presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez y el primer ministro, Manuel Marrero Cruz, los diputados cubanos reunidos de manera virtual discuten y dan respuesta a las 41 intervenciones realizadas el pasado 20 de octubre acerca de los cuatro proyectos de ley que serán presentados para su aprobación en el V Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), el 28 de octubre.


Elementos relacionados con la Ley del Servicio Exterior, la Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros, la Ley de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular y la Ley del Presidente y Vicepresidente de la República, serán aclarados tras el encuentro con los expertos que tienen a su cargo la redacción de las leyes.

Con anterioridad, los diputados se reunieron de manera semipresencial debido a la situación causada por la COVID-19, para debatir mediante videoconferencia sobre los proyectos de ley.

La presentación del proyecto de Ley del Servicio Exterior estuvo a cargo de Bruno Rodríguez Parrilla, ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, quien expuso la normativa que propone institucionalizar componentes y conceptos sobre la organización y funcionamiento del servicio exterior, que no están definidos o se encuentran dispersos en el ordenamiento jurídico interno.

Detalles de la Ley del Presidente y Vicepresidente de la República quedaron aclarados también gracias a la rigurosidad con que los diputados desmontaron cada artículo, y la cita fue propicia para realizar varias sugerencias que se tomarán en cuenta para la redacción final de la normativa.

Sobre la Ley de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular, el debate versó sobre temas como las atribuciones y límites de los funcionarios de Gobierno, así como las particularidades del instrumento jurídico-político de los electores y sus representantes para ejercer el derecho de participar en el control del poder del Estado.

Además,  se aclararon dudas sobre el proyecto de ley que regula la organización y el funcionamiento del Consejo de Ministros y su Comité Ejecutivo, así como lo relativo al primer ministro, los vice primeros ministros, el secretario y demás miembros del Consejo de Ministros.

Por primera vez en su historia, la sesión de la ANPP cubano acontecerá de manera virtual. En el Palacio de Convenciones de La Habana estarán únicamente los diputados de la capital y otros electos por otras provincias que residen en la ciudad, así como el Consejo de Estado en pleno. Estarán en este recinto un total de 234 diputados, y el resto en cada capital de provincia.

Según informó recientemente Homero Acosta Álvarez, secretario de la ANPP, actualmente hay 590 diputados, de 605 que eran en un inicio. Las bajas son por diferentes razones, entre ellas el fallecimiento.

En la jornada se realizará la juramentación de nuevos diputados en todo el país y el 27 habrá una reunión de carácter informativo en la que se abordarán el enfrentamiento a la pandemia y la Tarea Ordenamiento.

Entretanto, el miércoles se efectuará el V Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, durante el cual se presentará el informe de la liquidación del presupuesto de 2019, se explicará la marcha de la estrategia económica y social cubana y serán analizados los proyectos de leyes.

Además, se ratificarán las decisiones del Consejo de Estado. En medio del enfrentamiento a la COVID-19 se han aprobado 14 decretos leyes, algunos que incluso no estaban en el cronograma legislativo.

Cambios y señalamientos realizados al proyecto del Ley de Servicio Exterior

El canciller Bruno Rodríguez Parrilla dio a conocer los cambios y señalamientos realizados al proyecto de Ley del Servicio Exterior, tras las sugerencias de los legisladores que previamente analizaron cada artículo con rigurosidad.  

El jefe de la diplomacia cubana dijo que entre los planteamientos de los diputados y los enviados por correo electrónico sumaron una treintena de propuestas sobre artículos y 20 fueron modificados, 11 propuestas fueron recogidas y en seis se hicieron aclaraciones.

Entre las sugerencias aceptadas está que en la ley no se haga distinción entre las funciones del Estado y el Gobierno, quedando en todo el articulado la palabra Estado, así como sustituir en el Artículo 4, Inciso a, la frase “intereses nacionales” por “intereses del pueblo”.

En el Artículo 4, que recoge las funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, se agrega “cumplir cualquier otra que se le asigne por la Constitución”.

Los diputados sugirieron que en el Artículo 6 se realicen menciones a las organizaciones no gubernamentales, la sociedad civil y los trabajadores por cuenta propia, “pero esto ya está cubierto cuando se habla de las organizaciones y personas naturales (cuentapropistas y gestiones)”, explicó Rodríguez Parrilla. 

Sobre la mención, en el Artículo 8, Inciso b, a los Estados Unidos y al bloqueo, tener en cuenta “que en algún momento esa política será levantada”. El canciller dijo que el texto se mejoró y quedó de la siguiente manera: “Enfrentar la intervención directa e indirecta en los asuntos internos o externos de cualquier Estado, y por tanto la agresión armada, cualquier forma de coerción económica o política, incluidas medidas coercitivas unilaterales violatorias del derecho internacional u otro tipo de injerencia o amenaza a la integridad de los Estados”.

En el Inciso j del Artículo 8, que habla de “las funciones comunes de los sujetos que intervienen en la acción exterior del Estado y el Gobierno”, se acordó no desagregar el concepto de enfrentamiento al cambio climático para que el texto se mantenga acorde con la Tarea Vida. 

En el Inciso k de ese propio artículo se lee: “Recabar la información por todos los medios lícitos que pueda ser de interés para Cuba, así como divulgar y promover en el exterior información que contribuya al verdadero conocimiento de la realidad cubana”.

La sugerencia consiste en revisar la mención de que “solo se utilizaran medios lícitos”. Al respecto, el canciller comentó que se trata de una redacción proveniente de la Convención de Viena, “si se retirara esa mención daría la impresión de que no queremos comprometernos con que un requisito para informar al Estado sea precisamente la licitud de los medios que se utilizan”.

No obstante, se determinó eliminar el Inciso k dentro del Artículo 8 y hacer la mención solo dentro del Artículo 21 (funciones de las misiones diplomáticas en el exterior), sustituyendo la palabra “recabar” por “informarse”.

El canciller cubano explicó que algunos señalamientos están implícitos en otras legislaciones. Tal es el caso del concepto de mayoría de edad, que está recogido en la legislación laboral vigente.

En el caso del Artículo 12.1, relacionado con las personas que podrán ser elegidas para tener rango diplomático, la propuesta plantea la idea de no cerrar la posibilidad de que ciudadanos con otra ciudadanía pudieran ser miembros del servicio exterior cubano. 

En el periodo revolucionario, argumentó Bruno Rodríguez, no ha existido tradición, “ni tenemos una práctica de nombrar ciudadanos extranjeros en el servicio exterior cubano”, debido a la necesidad de tener una plantilla pequeña y por ser un país agredido permanentemente. 

Por eso sugirió mantener la redacción actual, aunque la ley no impediría hacerlo.

Algunas sugerencias de los diputados ya se encuentran reflejadas en el texto, como el señalamiento realizado al artículo 22 para que refleje la función de las misiones diplomáticas de “mejorar la política hacia los cubanos que residen en otros países”, que ya se refleja, puntualizó el canciller, en el inciso b del artículo: “Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado cubano, de sus ciudadanos y personas jurídicas, dentro de los límites permitidos por el Derecho Internacional”.

En todo el articulado de la Ley se modificaron los términos “atribución” y “obligaciones”, y se acordó utilizar frases como “corresponde a los miembros del servicios exterior”. 

Asimismo, en el artículo 30, inciso c, se modificó el orden para que este refleje primeramente lo estipulado en la Constitución de la República. 

Otra de las modificaciones se le realizó al artículo 33, inciso e, al establecer que el acompañante del funcionario diplomático “no siempre tiene que ser un familiar”. 

Una vez finalizada la intervención del canciller cubano, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo Santander, dio la palabra a los diputados presentes en la sala y de manera virtual desde sus provincias. 

Desde Pinar del Río, Juan Carlos Rodríguez Díaz estuvo de acuerdo con los cambios realizados al proyecto de Ley del Servicio Exterior. “Fue excelente la fundamentación y creo que fue positiva la manera en que fue redactada”, señaló. 

Por su parte, la legisladora Lourdes Milagro Caballero, de Santiago de Cuba, propuso que quedara más claro lo referente al tema ético dentro de la redacción de la Ley. 

Por el municipio Cerro en La Habana, Julia Dolores Cabrera consideró de muy positivo el trabajo realizado por la comisión redactora. “Estamos de acuerdo con las modificaciones, sin embargo, en el caso de las organizaciones no gubernamentales, institutos y personas, pienso que deben ser mencionadas porque sí cubrirán las acciones que enmarca el servicio exterior”.

En ese caso, Bruno Rodríguez respondió que la forma en que está redactado cubre el concepto que plantea la diputada. “Planteamos no hacer distinción cuando se habla de organización y tampoco queríamos ser excesivos en la mención de estas, para que no se viera como tutelando a organizaciones no gubernamentales que actúan con autonomía”.

Opiniones sobre el proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros

Los diputados conocieron que el proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros recibió 13 planteamientos, cuatro esclarecimientos de dudas y nueve modificaciones, de las cuales seis implicaron cambios de redacción en nueve artículos, mientras que tres no fueron aceptadas. 

La población envió 16 correos electrónicos que contenían 25 planteamientos. De ellos, 12 no tenían relación con el texto, y de los 13 restantes seis fueron acogidos, informó Elba Martínez Amador, jefa del Grupo de Asesoría Jurídica del Consejo de Ministros. 

Algunos señalamientos plantean:

-Introducir contenidos de los artículos constitucionales.

-Incorporar que el Consejo de Ministros tenga la responsabilidad de garantizar que los órganos cumplan con lo dispuesto y se mantenga en sus funciones hasta tanto sea eficiente.

-Adicionar que se obliga a revocar lo dispuesto por los gobernadores cuando estos emitan disposiciones que contradigan las leyes. 

-Eliminar en uno de los artículos la palabra “reglamentar” relacionada con el sistema empresarial, en tanto se propone sustituir algunas palabras en el texto.

-Se solicitó esclarecer el papel del Ministerio de Justicia en los procedimientos relacionados con las propuestas de inconstitucionalidad, suspensión o revocación de actos o disposiciones.

-Se solicitó la necesidad de poner fin a las indisciplinas, ser más fuertes con los infractores de las medidas aprobadas para combatir la COVID-19.

-Presentar una ley sobre la contaminación acústica.

-Reconocimiento de que la ley es amplia, pero hay que hacerla cumplir.

La jefa del Grupo de Asesoría Jurídica del Consejo de Ministros comentó que se tomó en cuenta la propuesta del diputado Félix Martínez de incorporar al Artículo 14 que el Consejo de Ministros presente a la Asamblea Nacional el informe sobre el presupuesto del Estado. 

Dijo que fue rechazada la petición de modificación del Artículo 17 por parte de la diputada por Guantánamo, Idaliena Díaz Casamayor, de que el presidente de la República tenga la posibilidad de convocar de manera ordinaria las reuniones y no circunscribirse a las extraordinarias.

Se explicó que el propio articulado precisa que “el Consejo de Ministros se reúne de manera ordinaria conforme al cronograma aprobado”, al tiempo que se aclaró que el vicepresidente solo puede convocar a la Asamblea cuando esté ejerciendo funciones como presidente.

En cuanto al planteamiento sobre el Artículo 26 hecho por la diputada Marisel Castañeda Morales, en torno al límite para archivar las actas, se explicó que se dispone de normativas complementarias que indican la obligatoriedad de establecer las reglamentaciones acerca del archivo de las normas.

Fruto de otras sugerencias fueron fusionados los artículos 29 y 30, quedando de la siguiente manera: “El Consejo de Ministros emite decretos, acuerdos y circulares, los que se firman por el Primer Ministro”.

Se aceptó, además, la propuesta del diputado Carlos Rafael Fuentes León al artículo 198.2 y al 199 referente a emplear el término “planteamientos” en las mismas formulaciones dispuestas en leyes como la de Asamblea Nacional y otros proyectos que se están elaborando.  

Aspectos del Proyecto de ley del Presidente y el Vicepresidente

Como resultado del proceso de consulta del proyecto de Ley del Presidente y el Vicepresidente, se recibieron 13 intervenciones de diputados y 16 planteamientos, dos esclarecimientos de dudas y 14 modificaciones, que implicaron nueve cambios de redacción en siete artículos. 

Elba Martínez Amador, jefa del Grupo de Asesoría Jurídica del Consejo de Ministros, agregó que también fueron recibidos 21 correos electrónicos con cuestiones que el pueblo consideró importante señalar. 

Las propuestas tienen que ver con: 

-Sustituciones de palabras, cambios de letras y modificación de artículos.

-La posibilidad de la reelección indefinida del presidente de la República.

-Subordinación de los organismos de la Administración Central del Estado y de los Gobiernos provinciales al presidente. 

-Agregar nuevas atribuciones previstas hoy en la Constitución. 

-Extender la edad de 60 años como requisito para ser electo presidente en el primer periodo de mandato.

-Incluir funciones de comunicación institucional y social dentro de la estructura auxiliar que asista al presidente y al vicepresidente, y que se denomine Secretaría de la Presidencia. 

Se aceptó la sugerencia del diputado Yunier Rodríguez Fendández para  modificar el “Por tanto” del proyecto de ley, quedando: “La Asamblea Nacional del Poder Popular, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el Artículo 108, Inciso c) de la Constitución de la República, acuerda emitir la siguiente ley”.

Se aceptó el señalamiento al Artículo 13.2 para cambiar la frase “la sustitución se realiza por un plazo de hasta seis meses” y poner en su lugar “hasta 180 días”.

Texto del proyecto: 

Artículo 13.1. En los casos de cese de las funciones, excepto por terminación del período presidencial, el vicepresidente asume interinamente las atribuciones del presidente de la República.

2-La sustitución se realiza por un plazo de hasta seis meses, lapso en el que la Asamblea Nacional del Poder Popular elige al presidente de la República.

Se decidió también fusionar los artículos 18 y 19 (declaración de invalidantes de la función del presidente), y precisar que “corresponde a la Asamblea Nacional establecer las causas y el procedimiento para la declaración de la incapacidad sobrevenida e inhabilitante del presidente de la República”.  

Por otra parte, el Artículo 14.1 quedó modificado y ahora se lee que “cuando falta simultánea y definitivamente el presidente y vicepresidente de la República, la Asamblea del Poder Popular elige al sustituto”.

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