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El instrumento jurídico y sus normas reglamentarias entrarán en vigor dentro de 120 días y regulan el Sistema de Comunicación Social para la gestión de los procesos en los ámbitos organizacional, mediático y comunitario en el país.

Por Laura V. Mor / Resumen Latinoamericano – Cuba.

La Habana, 5 de junio de 2024.- Cuba dispone de una Ley de Comunicación Social a partir de hoy con su publicación en la Gaceta Oficial, luego de un amplio proceso de debates que incluyó a más de 7000 personas de diferentes sectores (incluidos estudiantes, profesores universitarios, periodistas, artistas, comunicadores sociales y profesionales) y que permitió arribar a un consenso social y académico convertido hoy en una legislación inédita para el país y la región.

“La norma aprobada tiene el espíritu del diálogo y respalda la voluntad política de la Nación, que define a la comunicación social como un pilar de su desarrollo”, explicó Onelio Castillo Corderí, Vicepresidente del Instituto de Información y Comunicación Social, en una jornada que definió como “trascendental para la comunicación” cubana.  

Castillo detalló que se recogieron más de 300 opiniones en los debates presenciales, de las cuales el 76% fueron incorporadas al cuerpo legal que se presentó oficialmente este miércoles.

No ha existido en Cuba -y no existe en prácticamente ningún lugar del mundo- una norma que tenga una conceptualización del proceso de comunicación social con la envergadura y complejidad que el país asume”, destacó, al referirse al carácter integral que diferencia a esta Ley con otras iniciativas legislativas de otros países, menos abarcativas que la normativa cubana.

“Estamos hablando de una Ley que se implementará para la sociedad toda”, detalló, al dar cuenta de su alcance, su legitimidad y el espíritu de diálogo y consenso social en torno al contenido que embebe a la ley presentada oficialmente hoy, hecho de gran importancia en la construcción de una sociedad socialista.

El panel en la Sala Che Guevara del Instituto de Información y Comunicación Social (IICS) estuvo integrado por Humberto Fabián Suárez, Presidente del consejo de la Marca País; Onelio Castillo Corderí, Vicepresidente del Instituto Cubano de Información y Comunicación Social; Rosa María Pérez Gutiérrez, Presidenta de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales y Ricardo Ronquillo Bello, Presidente de la Unión de Periodistas de Cuba

La Ley 162/2024, resultado de la voluntad política y el cumplimiento de lo estipulado en la Constitución de la República ratificada por medio de un referéndum popular el 24 de febrero de 2019 por el 86.85% de la población, incluye regulaciones para la comunicación social en los ámbitos organizacional, mediático, comunitario y  también el ciberespacio. De igual manera, aborda el marco legal para el diseño de la comunicación visual e industrial, la imagen de la marca país, la publicidad y el patrocinio en diferentes ramas (como por ejemplo la cultura y el deporte), y  la comunicación en la vía pública.

A ese ejercicio de la publicidad y el patrocinio en Cuba – regulado por el Decreto 102/2024 complementario-  se refirió Humberto Fabián Suárez, miembro de la Comisión Redactora de la Ley y Presidente de la Marca País, esta mañana durante la conferencia de prensa brindada en el Instituto de Formación y Comunicación Social cubano.

Suárez destacó que la última ley de este tipo fue promulgada en 1955 durante la dictadura de Fulgencio Batista; por lo cual, desde 1962 cuando se eliminó la publicidad en Cuba, no se contaba con una regulación integral del sistema de comunicación social como la que aporta esta ley presentada oficialmente en el día de hoy, que establece los principios y regulaciones para el funcionamiento de todas las esferas comunicativas del país.

“Se trata de comunicación con fines comerciales, no políticos”, enfatizó, al marcar la diferencia con lo que se conoce como “propaganda” y explicar que “los sujetos obligados por esta ley son todos, incluidos los extranjeros que se encuentran transitoriamente en el país”.

Suárez detalló que esta ley regula también aspectos referidos a la defensa de la mujer y los niños y niñas, con el fin de evitar sexismo, violencia simbólica y discriminación en cualquiera de sus esferas; así como refiere a la protección integral del medio ambiente.

Al resaltar la trascendencia de esta Ley, el Presidente de la Unión de Periodistas de Cuba, Ricardo Ronquillo, afirmó que “recoge las luchas de los periodistas y comunicadores a lo largo de décadas y permiten avanzar en los experimentos en curso para la transformación del modelo de prensa de Cuba”.

Ronquillo detalló que el contexto actual se encuentra marcado por una potenciada agresión hacia la Revolución Cubana, concentrada en el ámbito comunicacional, donde abundan las campañas mediáticas y de descrédito dirigidas a subvertir el proceso iniciado en 1959, por lo que llamó a la prensa a “formar parte de los mecanismos de control social y popular”, derechos recogidos en la Ley de Comunicación Social y estandarte de la democracia socialista.

La presente Ley, resultado de la construcción colectiva, fue aprobada en su versión 34 en mayo de 2023 por la XX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular y entrará en vigor en 120 días a partir de este 5 de junio, fecha de publicación en la Gaceta Oficial.

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Fotos: Gentileza Lázaro Bryan / TeleSUR.

Un pilar de la labor política e ideológica en Cuba

Este miércoles se publicó la Ley de Comunicación Social en la Gaceta Oficial, y un panel presentó, oficialmente, la legislación y sus reglamentos, e informó sobre su alcance y trascendencia

Carmen Maturell Senon

Granma

Para que Cuba pueda transformarse comunicacionalmente, y así continuar consolidando la sociedad socialista, fue presentada la Ley No. 162 de Comunicación Social, y los decretos leyes 101 y 102 que establecen los reglamentos de la propia ley, y el de publicidad y patrocinio, respectivamente. 

A decir de Onelio Castillo Corderí, vicepresidente del Instituto de Comunicación Social (ICS) y miembro de la Comisión Redactora de la ley, esta norma cumple con el mandato de la Constitución de la República, aprobada en 2019.

En el panel realizado, ayer, en la sala Che Guevara, con motivo de la publicación de esta norma y los reglamentos, en la edición ordinaria No. 48 de la Gaceta Oficial de la República, Castillo Corderí puntualizó que la disposición tiene carácter inédito, sin referentes en la tradición legislativa cubana, lo que la convierte en un instrumento indispensable para el consenso social.

Añadió que, con el documento oficial, se establecen los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social. Además, se cierra un ciclo de más de 40 años de debates, de aspiraciones, insatisfacciones y sueños de los sectores profesionales y académicos cubanos que «plantearon la necesidad de transformar el escenario comunicacional».

La norma, exaltó, respalda la voluntad política de la nación, no solo como un elemento estratégico en la gestión del Gobierno, sino que fue ratificada en el 8vo. Congreso del Partido Comunista de Cuba, pues «la comunicación social constituye un pilar de la labor política e ideológica, para garantizar la defensa de la Revolución».

Al respecto, Ricardo Ronquillo Bello, presidente de la Unión de Periodistas de Cuba, destacó que la ley es la sombrilla legal mediante la cual el sistema de prensa y de comunicación en el país vivirán cambios importantes.

Para ello, precisó, se requiere de una labor comunicacional y cultural que promocione y sensibilice a todas las escalas de la sociedad.

«Si algo distingue esta Ley de Comunicación de cualquier otra disposición normativa, es que tiene como eje principal al ser humano. Además, establece que la prensa tiene que formar parte de los mecanismos de control popular», dijo Ronquillo Bello.

Sobre el Decreto-Ley 102, Humberto Fabián Suárez, miembro de la Comisión Redactora y presidente del Consejo de la Marca País, detalló que el reconocimiento del ejercicio de la publicidad y el patrocinio es una novedad en los últimos 70 años.

Explicó que, en este, se aborda el uso de los anuncios y promociones en la radio, la televisión, la prensa plana y digital, así como las prohibiciones y errores en los que no se debe incurrir.

El panel también estuvo integrado por Rosa María Pérez Gutiérrez, presidenta de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, quien consideró que la normativa legitima a actores importantes del campo comunicacional en Cuba, entre ellos los relacionistas públicos.

Asimismo, afirmó que tiene un enfoque inclusivo, porque pretende que cada actor, sea estatal o no, asuma la responsabilidad de una atención esmerada a todas las personas, y el respeto a las diferencias.

«Con la Ley hay que contribuir a la educación de las masas y a la superación de los profesionales que se dedican a la comunicación», concluyó Pérez Gutiérrez.

¿QUÉ DICE LA LEY Y SUS REGLAMENTOS?

El objeto de la Ley es regular el Sistema de Comunicación Social para la gestión estratégica e integrada de los procesos de comunicación social en los ámbitos organizacional, mediático y comunitario, con fines políticos, de bien público, organizacionales y comerciales, en los espacios públicos, ya sean físicos o digitales; y establecer los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social en el país.

En cuanto al empleo, instituye en su artículo segundo: «las regulaciones de la presente Ley son de aplicación, en lo pertinente, a los órganos, organismos y entidades del Estado, las organizaciones de masas y sociales, las organizaciones mediáticas y demás personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, que residan de forma permanente o temporal o transiten por el territorio nacional».

El Reglamento 101 de la Ley organiza cómo debe fluir la información en los procesos de comunicación social,

y establece las obligaciones de organismos, instituciones y entidades de brindar información, cómo debe realizarse la solicitud por parte de los medios, así como los mecanismos ante la solicitud de información omitida o denegada a los periodistas y directivos de las organizaciones mediáticas.

A los efectos del reglamento para la publicidad y el patrocinio, se reconoce el absoluto publicitario, el anuncio, la promoción de ventas, la publicidad en el comercio electrónico, en el punto de venta y el publirreportaje.

Además, dedica una de sus secciones a la protección en la publicidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las mujeres, las personas adultas mayores, y las que se encuentran en situación de discapacidad.

 

Presentan oficialmente Ley de Comunicación Social

Darío A. Extremera Peregrín

Cubadebate

Con motivo de la publicación de la Ley de Comunicación Social en la Gaceta Oficial este miércoles, un panel presentó oficialmente la legislación y sus reglamentos (los decretos 101 y 102 de 2024), e informó sobre su alcance y trascendencia.

El panel en la Sala Che Guevara estuvo integrado por Humberto Fabián Suárez, miembro de la comisión redactora de la Ley de Comunicación Social, presidente del consejo de la Marca País; Onelio Castillo Corderí, vicepresidente del Instituto Cubano de Información y Comunicación Social, miembro de la comisión redactora de la Ley de Comunicación Social; Rosa María Pérez Gutiérrez, presidenta de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, y Ricardo Ronquillo Bello, presidente de la Unión de Periodistas de Cuba.

Castillo Corderí afirmó que esta es una jornada trascendental para la comunicación social en Cuba. Aseveró que se trata de una norma que tiene el espíritu del diálogo, que “está en su génesis”.

“Estamos coronando desde el punto de vista legislativo dos grandes procesos, que han tenido que ver con la voluntad política de la dirección del PCC de transformar la comunicación social”, afirmó.

Según el vicepresidente del Instituto Cubano de Información y Comunicación Social, se cierra un ciclo de más de 40 años de “debates, aspiraciones, insatisfacciones y sueños de sectores profesionales y académicos que plantearon la necesidad de transformar el sistema comunicacional de Cuba”.

Destacó que no pudiéramos disponer de una Ley de Comunicación Social “sin el aporte extraordinario de la academia cubana”.

En la Ley, puntualizó, están presentes los principales preceptos que la academia ha sostenido en el tiempo en el campo de la Comunicación.

“Cumple varios mandatos políticos. Uno de ellos, yo diría que el más importante, es el mandato de la Constitución. Estamos hablando de muchísimos artículos que tienen una expresión y desarrollo en la legislación”, dijo.

Señaló que no solo se trata de artículos relacionados con la transparencia y obligación de los servidores públicos de brindar información, sino que “también estamos deteniéndonos en elementos vitales que tienen que ver con el ejercicio de la prensa en Cuba, incluida la prensa extranjera.

“Tiene que ver con la libertad de expresión, el derecho de los ciudadanos a recibir y solicitar información”. De acuerdo con Castillo Corderí, es “muy difícil” encontrar en otras latitudes normativas que, desde el mandato constitucional y la “implementación de una norma de este tipo”, pauten “de manera tan singular y con tanta claridad” la obligación de los servidores públicos de compartir y comunicarse con el pueblo.

La norma, señaló, respalda la voluntad política de la nación. Subrayó que la Ley de Comunicación Social tiene un carácter inédito. “No ha existido en Cuba y no existe en prácticamente ningún lugar del mundo una norma que tenga una conceptualización del proceso de comunicación social con la envergadura y complejidad que el país asume”.

Más de 7 000 personas de diferentes sectores y campos del saber participaron en los debates presenciales de la Ley.

Humberto Fabián Suárez, miembro de la comisión redactora de la Ley de Comunicación Social y presidente del consejo de la Marca País, se refirió al Decreto 102, Reglamento para el ejercicio de la publicidad y el patrocinio.

“Es una norma inédita en los últimos 70 años en Cuba. La última disposición que regulaba la publicidad esencialmente en los medios data de 1955”, aclaró.

Suárez definió publicidad en Cuba como comunicación con fines comerciales.

“No podríamos aparecernos con una norma a partir de las tendencias de la publicidad contemporánea, cuando este es un mercado que está en formación por determinadas limitaciones. De manera tal que habría que regular asuntos que ya están superados en otros lugares, que en Cuba son necesarios, sin desconocer los aportes del desarrollo de la publicidad contemporánea”, recordó.

El presidente del consejo de la Marca País destacó que no fueron incluidos anglicismos en la Ley ni en los reglamentos.

“Algo que no puede obviarse en esta disciplina es el impacto de las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial, que también tiene puntos de contacto en este decreto”, dijo.

La Ley define qué es publicidad ilícita en su glosario.

“El Decreto 102 tiene 180 artículos, de los que 119 regulan la publicidad, 35 el patrocinio, y el resto la responsabilidad administrativa, infracciones, medidas aplicables, las multas, las autoridades facultadas para aplicar las medidas, los procedimientos y los recursos de apelación”, explicó.

“Se regula la protección a niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas en situación de discapacidad”, dijo.

Recordó que el decreto entra en vigor dentro de 120 días.

Rosa María Pérez Gutiérrez, presidenta de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, dijo que la Ley es un tributo a una necesidad de un Gobierno como el de Cuba.

Destacó la labor y el compromiso de la ACCS a lo largo de 33 años con la promoción y desarrollo de la comunicación social en Cuba.

El presidente de la Unión de Periodistas de Cuba, Ricardo Ronquillo, afirmó que “nos sentimos beneficiarios y constructores de esta Ley”.

Afirmó que desde los 80, se abordaba en las reuniones de la UPEC la importancia de que Cuba contara con un “instrumento legal de esta naturaleza”.

La Ley recoge, aseveró, las luchas de los profesionales de la prensa y la información en Cuba a lo largo de muchos años.

Ronquillo destacó que la Ley fue aprobada en “tal vez el contexto más difícil desde el punto de vista comunicacional que ha enfrentado Cuba en su historia.

“Un momento en que la agresión contra Cuba se concentra especialmente en el ámbito comunicacional”.

Afirmó que sin los conceptos recogidos en la Ley, no se hubiera podido avanzar en proyectos como el “experimento con 17 medios de comunicación para la transformación estructural más profunda del sistema de prensa de Cuba después del triunfo de la Revolución: una transformación editorial, buscando superar las deformaciones de modelo de prensa que heredó Cuba del campo socialista; una transformación económica, tratando de devolver al sistema de prensa la naturaleza económica que perdió a lo largo del proyecto revolucionario, y una transformación tecnológica”.

Para el presidente de la UPEC, la Ley es “la sombrilla legal” mediante la cual los sistemas de prensa y de comunicación cubanos “van a vivir su transformación más importante”.

La Ley de Comunicación Social fue aprobada en mayo de 2023 por La Asamblea Nacional del Poder Popular, en su décima legislatura, durante la segunda sesión extraordinaria en el Palacio de Convenciones de La Habana.

El instrumento jurídico, inicialmente como Decreto-Ley y luego como Ley, es el resultado de un amplio y riguroso proceso de construcción colectiva, en el que participaron profesionales y expertos de diferentes disciplinas, organizaciones e instituciones hasta llegar a la versión 34 del documento.

 

Presentan oficialmente Ley de Comunicación Social de Cuba

La Habana, 5 jun (Prensa Latina) Cuba dispone de una Ley de Comunicación Social, con su presentación y publicación hoy en Gaceta Oficial, luego de un amplio proceso de debates que llevó a su aprobación por la Asamblea Nacional de Poder Popular el pasado año.

El instrumento jurídico y sus normas reglamentarias, que entrarán en vigor dentro de 120 días, regulan el Sistema de Comunicación Social para la gestión de los procesos en los ámbitos organizacional, mediático y comunitario, con fines políticos, de bien público, organizacionales y comerciales, en los espacios públicos ya sean físicos o digitales.

De acuerdo con el vicepresidente del Instituto de Información y Comunicación Social, Onelio Castillo, la norma aprobada tiene el espíritu del diálogo y respalda la voluntad política de la nación que define a la comunicación social como un pilar de su desarrollo.

En la presentación oficial de la normativa legal y su marco regulatorio, en la Sala Ernesto Che Guevara, de esa institución, Castillo destacó el carácter inédito en Cuba de la Ley, elaborada a partir de un amplio consenso con la participación de más de siete mil expertos y de un proceso de debates que permitieron elevar su alcance y ensanchar sus fronteras normativas.

Apuntó que en las discusiones de sus reglamentos se recogieron más de 300 opiniones, de las que fueron incorporadas el 76 por ciento.

Para la presidenta de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, Rosa María Pérez, esta normativa legal cubre una necesidad del país, impulsa el desarrollo de la mercadotecnia, la publicidad y la propaganda con una visión científica, e incentivan la educación y la instrucción en esos temas.

Al resaltar la trascendencia de la Ley, el presidente de la Unión de Periodistas de Cuba, Ricardo Ronquillo, afirmó que ésta recoge las luchas de los periodistas y comunicadores a lo largo de décadas y permiten avanzar en los experimentos en curso para la transformación del modelo de prensa de Cuba.

De acuerdo con el directivo, la institucionalización y constitucionalización del sistema de prensa y comunicación cubanos aporta a la concepción democrática del socialismo impulsado por la isla, que ubica a la prensa como parte de los mecanismos de control social y popular.

Destacó el contexto en que se aprobó la Ley, marcado por una compleja situación económica que alcanza también a la prensa, en el que aumentan los ataques mediáticos y campañas de descréditos dirigidos a subvertir el proceso de transformaciones que defiende la nación desde 1959.

Asimismo, Humberto Fabián Suárez, miembro de la comisión redactora de la Ley de Comunicación Social, y presidente del consejo de la Marca País, se refirió al Decreto 102 de la norma, sobre el ejercicio de la publicidad y el patrocinio, para cuya elaboración se consultaron más de 600 disposiciones legales y tiene en cuenta el impacto de las nuevas tecnologías de la comunicación y la información.

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