Oscar Figueredo Reinaldo, Edilberto Carmona Tamayo
Cubadebate
Aunque algunos circunscriben el arte de simular a la magia o la actuación, incluso a algunas poses de matiz positivo o jocoso en la vida diaria, hay quienes, de manera consciente, la practican en negativo, con mañas que nada tienen de graciosas, nobles ni cívicas.
Son verdaderos maestros en el arte del engaño, en fabular historias y omitir información valiosa frente al presupuesto público.
Como advierten varios estudios, la evasión fiscal no es un fenómeno exclusivo de Cuba. Según expertos, en el país se comienza a hablar de él a partir de la reforma tributaria de 1994, lo cual llevó a modificaciones al código penal vigente entonces.
Por ser un fenómeno de naturaleza oculta, la evasión fiscal plantea dificultades inherentes a su origen, posibilidad de medición y caracterización.
Ciertas evidencias indican que proporciones importantes de ingresos públicos se dejan de percibir por este concepto, lo que ha despertado el interés por estudiarlo en el ámbito institucional y académico.
Las investigaciones, tanto en el plano teórico como en las diversas aproximaciones empíricas, han destacado el análisis del comportamiento del contribuyente individual.
No solo una cuestión de números
Expertos de las ciencias sociales, dentro de ellas la sociología y la psicología, se han interesado también por la investigación sobre este problema.
Su interés se ha centrado en el conocimiento de las características de los contribuyentes; su percepción sobre los impuestos y el sistema fiscal; los valores, las actitudes y la moral.
Desde este punto de vista, subyace la idea de que la evasión no es solo función de las variables comúnmente evaluadas (probabilidad de detección y monto de la sanción), sino también de la disposición personal de evadir o cumplir.
Judith Navarro Ricardo, especialista de la Dirección Jurídica de la ONAT, explica que el delito de evasión fiscal existe cuando hay intención o dolo del contribuyente de no declarar o subdeclarar, o establecer acciones fraudulentas con relación a los ingresos que percibe.
Un criterio con el que coincide el M. C. Rafael Montejo Véliz, quien opina que la evasión fiscal es la acción pensada, racional y consciente de evadir impuestos, tasas y contribuciones, y tiene múltiples causas.
En declaraciones recientes al programa televisivo Cuadrando la Caja, el funcionario dijo que algunas causas importantes de la evasión fiscal pueden estar en el propio diseño de la ley tributaria, la complejidad del algoritmo de pago y la percepción que tienen algunos contribuyentes de asumir el riesgo de evadir el pago como vía de maximizar sus ingresos.
“También cuestiones de cultura tributaria y la capacidad de detección de posibles evasores son algunas de las causas que generalmente están presentes”, agregó.
La investigadora Mariuska Sarduy González, profesora titular de la Universidad de La Habana, señala en su artículo “Enfoques de análisis de la evasión fiscal” que la economía experimental ha permitido a los investigadores contrastar el posible papel de las características personales o de la actividad realizada por el contribuyente como factores de predisposición al cumplimiento, incorporando aspectos sociales e institucionales y manteniendo constantes los parámetros de la política fiscal.
“La idea fundamental de esta teoría se sustenta en el hecho de que el contribuyente y el Estado mantienen una relación mediante la cual el último ofrece bienes y servicios públicos que se financian con los impuestos que el primero paga. Este puede ser un aspecto considerado en la decisión de cumplir, pero a la vez existe la posibilidad de que el contribuyente valore si el intercambio es equitativo o no”, afirma la investigadora.
Según Yoandra Cruz Dovale, directora provincial de la ONAT en La Habana, los tipos de evasión fiscal son las distintas maneras en las que el contribuyente intenta no pagar los impuestos o hacerlo en una cuantía inferior a la que corresponde.
“Puede ser intencional o no. En la primera variante hay una clara voluntad de la persona de incumplir con la normativa tributaria; la segunda puede estar generada por desconocimiento, errores de interpretación de las normativas y otras causas. Esta última modalidad, de igual forma, es sancionada administrativamente”, aclara.
La funcionaria advierte que hay dos tipos de actuación identificados, los cuales, aun cuando pueden considerarse una forma de evasión, transitan por diferentes vías o procesos: la realización de una actividad económica sin autorización, los llamados “ilegales”, y la elusión fiscal, que consiste en usar los vacíos legales de las normas jurídicas para reducir o no pagar los impuestos a los que están obligados los actores económicos.
“Con relación a la actuación ante los ilegales, los Gobiernos municipales diseñan las acciones de control necesarias para evitar su proliferación, adoptando medidas que van desde la imposición de multas hasta la confiscación de bienes y, en muchos casos, la denuncia por un delito de actividad económica ilícita, pues en esta forma de actuación priman la procedencia ilegal de los artículos comercializados y otras irregularidades”.
En cuanto a la elusión tributaria, es analizada por la Administración Tributaria y a partir de esos resultados se hacen propuestas para actualizar las normas, siempre que no se demuestre un comportamiento ilícito.
La evasión fiscal puede tipificarse tanto en personas naturales como trabajadores por cuenta propia, artistas, deportistas, comunicadores, usufructuarios, pescadores comerciales, entre otros, que realizan actos traslativos de propiedad gravados con impuestos, así como en personas jurídicas (empresas estatales, sociedades mercantiles extranjeras, cooperativas de créditos y servicios, cooperativas no agropecuarias, mipymes, etc.), a los que la ley impone la obligación de pagar los tributos, derivada de la realización de una actividad económica o de otro tipo que genere ingresos o incremento patrimonial.
Los principales modos de actuación o tipos de evasión identificados en nuestro país son:
- Subdeclaración de ingresos: declarar y pagar por debajo de los ingresos reales obtenido s, registrando precios inferiores a los de venta o servicio, subfacturación, gastos ficticios y utilización de cuentas personales en lugar de la cuenta fiscal.
- Omitir los ingresos obtenidos fuera del país como resultado de las operaciones del negocio.
- Utilizar a personas que no son los verdaderos dueños para ocultar la existencia de varios negocios, fraccionar la base imponible y ocultar la concentración de riquezas. También lo hacen ciudadanos residentes en el extranjero.
La propia directiva reafirma que la evasión fiscal surge, en la mayoría de los casos, como resultado de la decisión del contribuyente de no declarar total o parcialmente determinadas operaciones o ingresos que debería acumular a efectos fiscales y para ello oculta información. Es un fenómeno multifactorial influenciado por factores económicos, sociales, culturales y tributarios.
Entre los factores tributarios, no podemos desconocer la incidencia (aunque en menor medida) de la inestabilidad tributaria generada por los frecuentes cambios normativos.
Recientemente, en una acción de control a una mipyme de la capital, entre los tributos revisados se incluyó el impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo. Ese impuesto se calcula con base en el total de remuneraciones pagadas por el empleador a los empleados, aplicando un tipo impositivo del 5%.
Esta forma de gestión no estatal no incluyó en el cálculo la estimulación pagada a los trabajadores, lo cual llevó a la determinación de la deuda, con el recargo y multa correspondiente, pero se pudo apreciar que este incumplimiento no fue intencional, sino producto de la interpretación incorrecta de las normas tributarias.
Dineros que se escapan
Aunque mucho se ha hablado de evasión fiscal en los últimos años en el país, las autoridades rectoras de la actividad fiscalizadora y de control coinciden en que no hay una cifra exacta de cuánto dinero se escapa de las arcas públicas por este fenómeno.
En un país con un presupuesto eminentemente social, ¿cuánto daño hace entonces este tipo de conductas?
En reciente conferencia de prensa con varios medios de comunicación, Belkis Pino Hernández, vicejefa primera de la ONAT, informó que al cierre del 2023 y hasta mayo de 2024 se presentaron 210 informes de denuncias por presunta evasión fiscal, 207 de las cuales corresponden a personas naturales y tres a personas jurídicas.
De ese total, 30 expedientes fueron archivados por efectuar el pago total de la deuda, 117 se radicaron y 63 quedaron pendientes.
Hasta el momento, hay sentencia firme en solo seis casos: dos en Ciego de Ávila, dos en Camagüey, uno en Holguín y otro en Santiago de Cuba.
Judith Navarro Ricardo, especialista de la Dirección Jurídica, aclaró que también hay acciones que pueden alertar de posibles acciones de evasión fiscal; por ejemplo, cuando un contribuyente no lleva el registro contable o cuando no posee un sistema automatizado.
También se observa cuando una persona oculta o falsea la información sobre los ingresos reales obtenidos, con el objetivo de evitar el pago de sus tributos.
Asimismo, se detecta cuando alguien no declara a todos los trabajadores contratados, lo cual es muy común entre los trabajadores por cuenta propia.
Otra práctica es declarar “salarios” por debajo de los reales pagados a los empleados contratados, reduciendo así el monto correspondiente a la fuerza de trabajo y a las contribuciones a la seguridad social.
Cuando se detectan estas violaciones, la oficina tributaria presenta la denuncia ante la Policía Nacional Revolucionaria, previa evaluación por parte del grupo de análisis presidido por la Fiscalía. En algunos casos, este proceso llega hasta los tribunales.
No todos los casos llegan a esa instancia, ya que también se aplica el principio de oportunidad. Esto ocurre cuando el contribuyente reconoce su culpabilidad y ejecuta el pago de forma inmediata, evitando así que el proceso llegue a juicio, aunque sí se le impone la multa correspondiente.
No obstante, tal como alerta la vicejefa de la ONAT, aunque el contribuyente pague la deuda, su intención fue evadir. “Incluso, a veces, aunque el contribuyente pague, en la ONAT estamos decididos a continuar con el proceso por evasión fiscal".
Las autoridades tributarias explicaron a Cubadebate que, tras el cierre de la declaración, se están revisando minuciosamente los datos de relevancia tributaria de otras instituciones.
“Hemos detectado otras formas de evadir impuestos, como los dueños de mipymes que utilizan a trabajadores por cuenta propia, quienes tienen tres meses de exención para hacer importaciones que no son para ellos, sino para la mipyme. Ahí se observa una forma fraudulenta de pagar menos”.
También se han identificado casos en el sector artístico, donde personas se aprovechan de la exoneración de un año de pago para los recién graduados del sector de la cultura, haciendo transacciones mediante sus cuentas y evitando así el pago de impuestos.
Se están revisando los casos de más de 600 mipymes que reportan pérdidas y se han detectado malos manejos contables, como la contabilización de compras de equipos como gastos directos en lugar de inventarios, lo cual disminuye artificialmente la utilidad de la empresa.
También hay problemas en los controles de los registros primarios, como los estados financieros, que en muchos casos no se tienen o se ocultan.
La especialista jurídica de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) informó que luego de comprobar estos hechos se ha procedido al cierre temporal o definitivo, dependiendo de la magnitud del incumplimiento.
“Al cierre de mayo, hay 15 micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en esta condición por irregularidades en la contabilidad. Algunos de estos casos pueden derivar en delitos de evasión fiscal. La mipyme que no lleve bien su contabilidad y, además, no efectúe correctamente el pago de sus obligaciones tributarias, demuestra una intención de evasión, por lo que tenemos el derecho de proceder con la denuncia”.
Tras conocer estos casos, surgen algunas preguntas, entre ellas las siguientes: ¿realmente un negocio no lleva contabilidad? ¿Cómo se puede manejar un negocio sin saber si genera utilidades o pérdidas?
Una mirada a donde hay más contribuyentes
No hay en la Administración Tributaria un indicador que permita medir los niveles de evasión. En estos momentos, es objeto de estudio para lograr cuantificar este fenómeno que tanto afecta a la sociedad.
Sin embargo, a partir de las acciones de las oficinas tributarias, se alcanzan estimaciones sobre el fenómeno, afirma con cierta preocupación Yoandra Cruz Dovale, directora de la ONAT en La Habana.
“Por ejemplo, en la capital, a partir de la información que se obtiene sobre los pagos como resultado de las relaciones contractuales entre empresas estatales y trabajadores por cuenta propia, se evidencian incongruencias entre los pagos efectuados y los aportes al presupuesto del Estado en aproximadamente 860 contribuyentes mensualmente; en algunos casos, de manera reiterada.
“Si comparamos este número con la cantidad de trabajadores por cuenta propia inscritos, alrededor de 121 000, estaríamos infiriendo que un 0.7% son posibles subdeclarantes. Sin embargo, si revisamos el aporte dejado de realizar al presupuesto del Estado, en 2023 fueron recuperados por estas revisiones 148 millones de pesos, un monto que es el presupuesto de gastos de un mes de un municipio mediano”, dijo.
Otra información comparativa está referida a las acciones de control que realiza la Administración Tributaria.
En La Habana, en 2023 se realizaron 104 acciones de control fiscal intensivo, que incluyen la revisión de la documentación primaria, registros contables, monitoreo de ventas o servicios, a partir de las cuales se determinaron 241 millones de pesos.
“En estas acciones, las mayores determinaciones se concentraron en trabajadores por cuenta propia (TCP) y micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). Todas las acciones demostraron la declaración de impuestos por debajo de los niveles reales. Sin embargo, es importante destacar que los contribuyentes objeto de estas acciones son seleccionados a partir de un grupo de riesgos, por lo que hay una alta probabilidad de detectar subdeclaración”.
Con relación a la presentación de denuncias por presunto delito de evasión fiscal, en estos momentos la ONAT de La Habana ha denunciado 24 presuntos hechos constitutivos de ese delito y se han radicado nueve denuncias, seis de ellas a TCP, por deudas no pagadas, y tres a mipymes por registros contables irregulares, facturas falsas y declaraciones de ventas de productos con precios muy por debajo del valor real por el que fueron vendidos, con la intención de minimizar los aportes al presupuesto del Estado y obtener mayores ganancias.
Mantener la integridad del sistema tributario es fundamental para asegurar la sostenibilidad de los servicios públicos y el desarrollo socioeconómico del país.
La ONAT deberá continuar fortaleciendo sus mecanismos de fiscalización y control, con el objetivo de promover una cultura de cumplimiento tributario entre todos los contribuyentes.
Solo mediante estos esfuerzos coordinados se podrá avanzar hacia una economía más sólida y equitativa.