Los ciudadanos de nacionalidad cubana de tránsito o transbordo por el país deben poseer residencia o ciudadanía del país de destino. Pasaporte cubano. Foto: Archivo.


Cubadebate

República Dominicana estableció nuevas normas para viajeros cubanos en tránsito o transbordo en su trayectoria por el país hacia otros destinos, se difundió hoy en la capital de ese país.

Según la Resolución 06-2022 de la Dirección General de Migración, firmada por su director, Enrique García, a la cual tuvo acceso Prensa Latina, los ciudadanos de nacionalidad cubana de tránsito o transbordo por el país deben poseer residencia o ciudadanía del país de destino.

O, en su lugar, visado múltiple de Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, países de la Unión Europea, Estados miembros del espacio Schengen y de la República Dominicana.

Además, por otra parte, fue dada a conocer la norma 07-2022 que permite la entrada a esta nación en calidad de turistas a los cubanos residentes en los Estados Unidos con pasaportes vencidos (no mayor de 18 meses).

La primera norma jurídica es similar a las aplicadas por otras naciones de la región, las que fueron condenadas por Cuba.

La víspera, el canciller cubano, Bruno Rodríguez, denunció las presiones de Estados Unidos a varios Gobiernos para que exijan visas a los cubanos “en empeño cínico de cerrarle las puertas a la emigración que ha estimulado durante décadas”.

El Gobierno de Estados Unidos incumple su obligación legal de otorgar no menos de 20 000 visas anuales a los cubanos, según acuerdos bilaterales, impone la carga del brutal bloqueo económico y presiona a otros Gobiernos para que exijan visa de tránsito a migrantes y viajeros cubanos, escribió Rodríguez en Twitter.

Aún no existe claridad en la fecha en la cual comenzarán a aplicarse las nuevas decisiones.

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