Revista Mujeres.- Reconocer en igualdad de condiciones todas las construcciones familiares que hoy existen en Cuba; fortalecer la protección a niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas vulnerables; y brindar amparo eficaz ante cualquier tipo de violencia, son mandatos del nuevo Código de las Familias, cuyo proyecto ya se encuentra en construcción.


Según el ministro de Justicia de Cuba, Oscar Manuel Silvera Martínez, que compareció este miércoles en el programa televisivo Hacemos Cuba, la Comisión aprobada con este fin (en el mes de marzo) por el Consejo de Estado llevará a cabo un proceso de debates y análisis, para acceder a otros escenarios y concretar la propuesta.

Para ello, este grupo integrado por representantes de organizaciones, diputados, especialistas y profesores con experiencia en el tema, tiene un cronograma de trabajo que prevé consultas especializadas con centros de estudios y también con los grupos sociales que representan, explicó el ministro.

Una vez cumplido ese proceso, añadió, el proyecto se presentará a la Asamblea Nacional del Poder Popular para la elaboración de un documento que será sometido a la consulta popular.

Más tarde, y tomando en cuenta los criterios recogidos, el Parlamento cubano aprobará una nueva versión, para el Referendo popular.

Sobre la necesidad de un nuevo Código de las Familias en Cuba, el titular de Justicia señaló la urgencia de hacer corresponder el documento jurídico a la realidad actual del país, pues la normativa vigente data del año 1975.

En segundo lugar, afirmó, es preciso cumplir los mandatos de la nueva Constitución, que en varios de sus artículos actualiza el tema de las familias, con un reconocimiento expreso de nuevas nociones.

Así, en el Código de las Familias se concretarán principios y argumentos fundamentales ya presentes en la Constitución, como la igualdad, la dignidad, la no discriminación, el acceso a la justicia y el tratamiento igual ante el ordenamiento jurídico, precisó Silvera Martínez.

La Constitución aprobada 2019 tiene una disposición transitoria específica sobre este Código, que establece iniciar, en el plazo de dos años, el proceso de consulta popular y referendo del proyecto, en el cual debe figurar la forma de constituir el matrimonio.

Desde ese mismo año, se creó un grupo de trabajo temporal, conformado por varios especialistas, que elaboró el anteproyecto que actualmente está en la Comisión para su enriquecimiento.

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