La adolescencia es una época de descubrimientos y superación que un matrimonio antes de tiempo puede interrumpir. Foto: Endrys Correa Vaillant

Germán Veloz Placencia - Granma.- El matrimonio no debe formalizarse a edades en las que se está empezando la vida. El matrimonio tiene implicaciones de profundo calado jurídico y, para llegar a él, es necesario alcanzar una madurez que el derecho fija a los 18 años.


Capaz de convencer y no imponer consideraciones, cualidad que proviene del don de la palabra y que acompaña con sólidos conocimientos, el doctor en Ciencias Jurídicas Leonardo Pérez Gallardo, presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia, sostuvo aquí encuentros con diversos sectores de la sociedad para intercambiar sobre el nuevo Código de las Familias, que se someterá a referendo popular el 25 del presente mes.

Granma aprovechó uno de esos momentos para que el también profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, explicara por qué es importante que el citado Código prohíba el matrimonio para las personas menores de 18 años.

«En la primera versión, dada a conocer el 15 de septiembre de 2021, se incluía la posibilidad de que, siempre que hubiera autorización judicial, el matrimonio se formalizara por menores de 18 años, tanto la mujer como el hombre, mayores de 16 años.

«Este fue un tema debatido por la comisión que trabajó el Código de las Familias. Cuba tiene deudas con convenciones internacionales, entre ellas la Convención sobre los Derechos del Niño. Se debe tener en cuenta que  el matrimonio adolescente siempre ha sido objeto de críticas por las consecuencias nocivas que puede provocar».

Las valoraciones, apuntó, contemplaron que la prohibición del matrimonio adolescente no colisiona con la autonomía progresiva, porque esta  busca la  posibilidad de realizar actos, que, en todo caso, van a beneficiar y no propiciar una deserción escolar o del proyecto de vida a edades tempranas.

«Las estadísticas demuestran que en nuestro país hay un número relativamente significativo de adolescentes que contraen matrimonio, esencialmente mujeres. Recordemos que el Código de la Familia que todavía nos rige, permite que la mujer pueda formalizar el matrimonio a los 14 años, y el hombre, a los 16.

«En primer lugar, ese pronunciamiento es discriminatorio. Se entiende que la mujer está más madura por la pubertad, por lo tanto, puede asumir ciertas responsabilidades a los 14 años. Pero la mayoría de las niñas en tal situación no termina los estudios preuniversitarios. Asimismo, detrás de ello puede haber prostitución. También puede haber la posibilidad de procrear y tener hijos, es decir, se enfrentarán a la maternidad de adolescentes».

Recordó que fue muy interesante el debate durante la consulta especializada, con la intervención, esencialmente, del personal de Salud Pública. «Médicos en general, pediatras y ginecólogos abordaron las consecuencias nocivas, entre ellas las muertes maternas, en el caso de la adolescente. Incluso, se han dado situaciones de algunas que, después de tener los hijos, no quieren asumir la maternidad».

El proceso de consultas, añadió, implicó escuchar los criterios de funcionarios del Ministerio de Educación; del personal docente, sobre todo de maestros de preuniversitarios; de la Federación de Mujeres Cubanas, que ha hecho estudios interesantes sobre la maternidad adolescente. Además, no se pasó por alto que sobre el tema existe una investigación muy útil, realizada por el Centro de Estudios Demográficos de la Universidad de La Habana.

«Por ello, la decisión de formalizar el matrimonio a los 18 años se llevó al Buró Político del Partido Comunista de Cuba, y se planteó el cambio de la versión siguiente del Código de las Familias, ajustándonos a los requerimientos que exigen las convenciones internacionales, y la posición que ha asumido una buena parte de los lineamientos jurídicos del continente, acerca de suprimir cualquier tipo de autorización, por excepcional que fuera, que permitiera el matrimonio de personas adolescentes.

«Esto no quiere decir, bajo ningún concepto, que se proscriben las relaciones sexuales de las personas menores de 18 años. En ello juega un papel importante la responsabilidad parental».

Al respecto, acotó que la autonomía progresiva también es fundamental en la forma en que se va a educar y se va a acompañar a los adolescentes que deciden mantener relaciones sexuales a edades inferiores a los 18 años. Pero sin que esta actuación implique una manera de legitimar el matrimonio, porque este no tiene la función de legitimar relaciones sexuales ni la procreación de un hijo.

«Moraleja: en Cuba el mito de que los adolescentes y las mujeres se han casado en edades tempranas era mayor que lo que la sociedad científicamente aclama.

«El matrimonio no debe formalizarse a edades en las que se está empezando la vida. El matrimonio tiene implicaciones de profundo calado jurídico y, para llegar a él, es necesario alcanzar una madurez que el derecho fija a los 18 años.

«Estas fueron parte de las razones de mayor peso que justificaron la supresión del matrimonio de las personas menores de esa edad».

 

PRECISIONES:

  • Desafíos para disminuir el matrimonio temprano en Cuba
  • Visualizar la brecha de género con relación al matrimonio temprano. Analizar este como una brecha en el ejercicio de los derechos de las adolescentes.
  • Acelerar el proceso de revisión de las leyes vigentes para introducir los cambios que se están proponiendo.
  • Ampliar los programas de intervención comunitaria a niñas, niños y adolescentes, para prepararlos mejor en los temas de toma de decisiones.
  • Trabajar por empoderar cada vez más a las niñas y a las mujeres, de manera que adquieran mayor autonomía física, económica y política.

Fuente: Investigación presentada en julio de 2021 por el Centro de Estudios Demográficos de la Universidad de La Habana.

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