Ana María Álvarez Tabío Albo, Yamila González Ferrer y Leonardo B. Pérez Gallardo - Cubadebate - Tomado de Cuba en Resumen - Foto: Roy Leyra - Video: Canal Caribe / TV Cubana.
Un día como hoy hace ya un año se aprobó por referendo popular el Código de las familias, después de un intenso período de trabajo previo por lograrlo.
Hagamos un breve recuento de ese proceso:
- El 15 de septiembre de 2021 se dio a la publicidad la versión 22 del Anteproyecto de Código de las familias y se convocó hasta octubre de ese mismo año un proceso de consultas especializadas en las que participaron 47 instituciones, organismos, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, grupos que representaban a distintos sectores como los religiosos, las personas en situación de discapacidad, entre otros. Se realizaron 389 intervenciones con propuestas muy atinadas, lo que determinó que, de un total de 483 artículos de la versión 23 resultante de ese proceso, solo se mantuvieron sin cambios 192, lo que refleja un 60% de modificación de la propuesta.
- Después de discutida y aprobada una nueva versión por la Asamblea Nacional del Poder Popular en diciembre de 2021, se aprobó convocar a la consulta popular entre los meses de febrero y abril de 2022. En este proceso participaron 6 481 207 electores que representan el 75.93%, de un total de 8 535 742 que debieron hacerlo. Se realizaron 79 192 reuniones, de ellas 1 159 en las misiones de Cuba en el exterior. En estas reuniones se hicieron 336 595 intervenciones y fueron procesadas 434 860 propuestas. De las reuniones en los colectivos laborales y estudiantiles se recibieron 73 211 propuestas; el 61.96% de tales propuestas fueron a favor del Proyecto del Código de las familias.
- La Comisión redactora en varias jornadas de debates realizó una labor de estudio y análisis rigurosa, discutió las propuestas de cambios y logró la coherencia interna del Proyecto, presentando el 22 de julio de 2022 en su versión 25 con la modificación del 49.15% de todo el contenido de la versión 24 llevada a consulta popular. Esta fue discutida y aprobada por la Asamblea Nacional y sometida a referéndum popular el 18 de septiembre de 2022 en las misiones diplomáticas cubanas en el exterior y el 25 de septiembre de 2022 en el territorio nacional.
- El referéndum popular tuvo como resultados una participación de 6 269 427 electores para el 74,12% del total según la lista actualizada que ascendía a 8 457 978. Las boletas válidas fueron 5 909 385 para un 94,25%; anuladas 157 878 para un 2,51%; en blanco 202 164 para un 3,22%. Votaron por el No un total de 1 959 097 electores, para un 33, 15% y votaron por el Sí un total de 3 950 288 electores, para un 66,85%.
- El texto votado se publicó el 27 de septiembre de 2023 en la Gaceta Oficial, fecha que marca su entrada en vigor, previa su firma la víspera por el Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, y el titular de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Esteban Lazo Hernández.
Sin lugar a dudas, puede afirmarse que este Código fue el resultado de un ejercicio participativo inédito en la práctica política y jurídica cubana, que se expresó tanto en la consulta especializada que modificó el 60 % del Anteproyecto, la consulta popular que transformó el 49 % de su contenido, hasta el referendo popular como colofón para su puesta en vigor con el 66,85% de los votos positivos válidos emitidos en las urnas. Es, por tanto, una obra colectiva legitimada con la participación de la sociedad y por la mayoría del pueblo, que integra lo más avanzado de la doctrina jurídica, la mirada multidisciplinar y la sabiduría popular.
Si generó expectativas la aprobación del Código de las familias, también la ha generado su implementación. Ha pasado un año de su puesta en práctica y como en toda obra humana en torno a esta disposición normativa han existido buenas y malas prácticas.
Muchas familias han tenido la oportunidad de dar cauce legal a conflictos de larga data:
- Sobre todo, abuelas y abuelos, pero también otros parientes y personas cercanas desde los afectos, que estaban privados de la comunicación con las niñas y los niños de la familia, por decisión de sus madres y/o padres, pudieron solicitar a los tribunales el anhelado régimen de comunicación y este fue otorgado.
- Parejas del mismo género que han deseado formalizar matrimonio o inscribir su unión de hecho, lo han podido hacer en reconocimiento pleno de sus derechos.
- Se han determinado diversas modalidades de guarda, especialmente potenciando los cuidados compartidos y se han llegado a acuerdos de la delegación de la responsabilidad parental temporalmente a esas personas integrantes del grupo familiar que tienen a sus cuidados niñas y niños porque sus madres y padres están fuera del país por diversas razones.
- Se han arribado a acuerdos por parte de los progenitores sobre el orden de los apellidos de sus descendientes, rompiendo la estricta regla de imponer como primero el del padre.
- Se han adoptado pactos matrimoniales sobre el contenido personal, pero, sobre todo patrimonial, en las parejas que contraen matrimonio.
- Se han ido fortaleciendo los vínculos entre juristas y médicos en la implementación del consentimiento informado de las personas que pretenden acceder a las técnicas de reproducción humana médicamente asistida, de modo que tal consentimiento esté pertrechado de la información que brinda el equipo multidisciplinario actuante primero y el notariado después.
Sin embargo, frente a los indiscutibles avances que hemos tenido con la aplicación de esta norma de avanzada, ¿qué retos tenemos para una eficaz implementación del Código de las familias?
En los diversos cursos e intercambios que desde la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia de la Unión Nacional de Juristas se han desarrollado, se ha podido apreciar:
- La escasa preparación técnica y multidisciplinar de algunos profesionales del Derecho respecto al Código de las familias, apegados a las normas y principios que durante 47 años impuso la vigencia del anterior Código de familia de 1975, que conlleva al limitado manejo de las normas del nuevo Código a pesar de la preparación que exigió de los juristas su intervención directa en el proceso de consulta popular.
- La subsistencia de estereotipos y prejuicios asentados en la subjetividad de algunos profesionales con un pensamiento a veces demasiado cauteloso, otras conservador y no pocas veces machista, proveniente de la cultura patriarcal que todavía se encuentra latente en nuestra sociedad.
- La limitada percepción de la necesidad de adoptar medidas urgentes cuando se trata de proteger a personas con una delicada situación en el entorno familiar o que sus circunstancias las colocan en estado de franca vulnerabilidad, especialmente infantes y adolescentes, quienes no pueden esperar por decisiones que se dilatan en el tiempo.
Todo ello, además de las implicaciones en lo que respecta al incumplimiento de la ley vigente y de sus esencias, provoca que se dejen de utilizar figuras jurídicas previstas que pueden dar solución a problemas complejos que en el orden familiar operan o que constituyen la vía para encausar los conflictos dentro de una familia.
Igualmente, pudiera derivar en conductas irresponsables, mecánicas o impasibles ante el drama ajeno de quienes están llamados a actuar de manera consciente ante la urgencia de lo urgente al momento de brindar protección a personas que se encuentran en situación de inseguridad o desventaja; y como colofón genera la pérdida de la confianza en las normas destinadas a la defensa de los derechos e intereses del grupo familiar y de sus integrantes.
La tarea permanente es la auto preparación y mantener la interacción y las acciones de capacitación que de manera sistemática ha asumido la Unión Nacional de Juristas de Cuba y las instituciones jurídicas: el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General de la República, el Tribunal Supremo Popular y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos a través de cursos, talleres y la elaboración de indicaciones precisas para la actuación profesional, así como en la atención de los casos que se les han derivado en cuanto se ha conocido de alguna irregularidad.
Otro elemento de vital importancia es mantener de manera sostenida los espacios de comunicación que sirvan de canales para informar y elevar la cultura jurídica de quienes son principales beneficiarios de las normas jurídicas, que somos nosotros, cubanas y cubanos, de modo que conozcan las diversas herramientas jurídicas con que cuentan y sepan a dónde acudir a solicitar información y asesoría.
La consulta popular jugó un papel importante en el conocimiento del contenido del Código, pero muchas veces, los debates se concentraron en aspectos muy puntuales que no permitieron abordar con amplitud otros como, por ejemplo, los relativos a los apoyos y salvaguardas para las personas adultas mayores y en situación de discapacidad, el reconocimiento de las familias socioafectivas, los mecanismos de actuación frente a hechos de violencia al interior de la familia, entre muchos otros. También, hay que decirlo, por diversas circunstancias urgentes que hubo de afrontar el Estado, el Gobierno y la sociedad toda después del 25 de septiembre de 2022, se postergó la labor de comunicación y de educación jurídica que en los diversos medios se había estructurado.
Es por eso que adquiere especial relevancia retomar, fortalecer y sistematizar los espacios de difusión y reflexión por todas las vías posibles sobre los contenidos del Código a partir de la explicación clara y transparente de cada institución jurídico familiar, su razón de ser, sus ventajas y su alcance en un lenguaje accesible a todas las personas.
Tenemos que seguir trabajando en la sensibilización y capacitación de nuestros profesionales del Derecho, en la cultura jurídica de otros profesionales y de la población en general para que sepan exigir el cumplimiento de todos los derechos y deberes establecidos en la ley.
En este ámbito necesitamos una transformación profunda de nuestras mentalidades para dar el salto que necesitamos en la implementación efectiva de nuestro Código de las familias para lo cual el análisis y la evaluación permanente de la implementación es fundamental.
A estos esfuerzos va dirigida la celebración esta semana, del 25 al 29 de septiembre, de la XI Conferencia Internacional de Derecho de las Familias y el IV Coloquio Internacional “Solución de Conflictos, Género y Diversidad”, organizados por La Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia, el Proyecto “Justicia en clave de género” de la Unión Nacional de Juristas de Cuba y la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, con el coauspicio de todas las instituciones jurídicas del país.
El tema central que nos reúne gira en torno a los desafíos del derecho familiar contemporáneo, con el objetivo de intercambiar criterios, reflexionar de conjunto y proponer soluciones, sobre asuntos trascendentes del Derecho que atañen a la actualidad y al futuro del Derecho familiar y de la resolución armónica de conflictos. Sin duda será de mucha valía y sus resultados serán socializados para el provecho de juristas y no juristas.
Valoran de satisfactoria implementación de Código de Familias en Cuba
La Habana, 25 sep (Prensa Latina) El ministro de Justicia de Cuba, Oscar Silvera, valoró hoy de satisfactoria la implementación del Código de las Familias, a un año de su aprobación en referendo popular.
En un acto celebrado en esta capital por el primer aniversario de la norma, Silvera expresó que el Código constituye un reconocimiento a la diversidad, la tolerancia y a la igualdad, informó Radio Rebelde en su sitio web.
El titular de Justicia señaló que resulta esencial que la legislación se convierta en una hoja de ruta para los cubanos.
Por su parte, la directora general de Notarías y Registros Públicos de esa cartera, Olga Lidia Pérez, destacó que de forma gradual los ciudadanos hacen uso de las distintas figuras que regula el Código y se apropian de ellas en la medida de sus necesidades.
Según la opinión de expertos, los principales retos en la implementación de la ley están asociados a la escasa preparación técnica y multidisciplinar de algunos profesionales del Derecho, así como el apego a los principios que durante sus más de cuatro décadas de vigencia impuso el Código de Familia de 1975.
También persisten estereotipos, prejuicios y una limitada percepción de la necesidad de adoptar medidas urgentes cuando se trata de proteger a personas en una situación de vulnerabilidad, en especial a niños y adolescentes.
El Código de las Familias cubano fue aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento) el 22 de julio del pasado año y respaldado en referendo popular el 25 de septiembre, con el 66,85 por ciento de los votos válidos emitidos.
La normativa fue denominada como el código de los afectos, en tanto busca la realización de la persona, no solo a partir de la consanguinidad, sino también en el buen comportamiento, en las atenciones y cuidados, y en la solidaridad.
Reconoce, además, a la dignidad como valor supremo y fundamento del resto de los derechos reconocidos en la Constitución de la República de 2019.