Red Semlac.- La violencia intrafamiliar constituye una de las problemáticas más complejas y dolorosas que enfrentan las sociedades contemporáneas. En Cuba se manifiesta mediante diversas formas y afecta a diferentes integrantes de la familia, además de que deja secuelas profundas en el tejido social. Para analizarla en sus múltiples dimensiones e impactos, SEMlac invitó a la psicóloga Mareelén Díaz Tenorio, a la jurista Ivonne Pérez Gutiérrez, profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana y a la también psicóloga Beatriz Torres Rodríguez, profesora titular del Centro de Estudios Demográficos (CEDEM) y especialista del Centro Oscar Arnulfo Romero (OAR)


¿Cuáles son las principales manifestaciones de violencia intrafamiliar en Cuba?

Mareelén Díaz Tenorio: En las familias acontecen muy diversas manifestaciones de violencia. Su diversidad está dada por sus variadas formas de expresión, diferentes grados de frecuencia y niveles de intensidad o gravedad; pero también por los medios empleados para ejercerla, por las personas afectadas y las maltratadoras implicadas, las consecuencias que provoca y las causas que la preceden. En síntesis, están presentes la violencia física, económica, sexual, patrimonial y otras. La violencia psicológica es la de mayor presencia, porque acompaña a toda forma de violencia y es la única que puede aparecer sola en forma de gritos, amenazas, ofensas, chantaje emocional, culpabilizaciones, desvalorizaciones, humillaciones, etcétera. Falsas creencias señalan que la violencia psicológica no es tan grave como la física; en realidad, puede ser tan o más grave e incluso provocar la pérdida de la vida. Su uso es muy extendido y frecuente.

Entre las causas, las desigualdades por razones de género, instaladas en un sistema social patriarcal como el nuestro, se presentan con no poca frecuencia en las dinámicas familiares. Si se trata de identificar a las personas más afectadas, se encuentran niños, niñas y adolescentes, mujeres y personas mayores.

Ivonne Pérez Gutiérrez: Desde nuestra experiencia, hay dos ejes de violencia en las familias: una en el ámbito de la pareja y otra hacia las personas adultas mayores. En el ámbito de la pareja, con independencia de que puedan existir otras variantes, se puede distinguir la existencia de violencia vicaria, por ejemplo, a partir de la manipulación de niñas y niños para definir una guarda y cuidado y, sobre todo, un régimen de comunicación. Estos procesos antes eran más sencillos y menos humanos, pero yo siempre llamo la atención acerca de cómo el Código de las Familias aprobado en 2022 ha abierto los horizontes de conocimiento y dominio de categorías jurídicas por la población, y eso hace que antes fuera aparentemente más sencillo un proceso, pero era menos humano y a veces más injusto.

Hemos visto muchas situaciones donde concretar un régimen de comunicación se vuelve un verdadero calvario, porque cada madre o padre hala para sí –por decirlo de alguna manera– y no se coloca en la situación del menor y en lo que es lo mejor para ese niño o niña dentro del entramado familiar. Vinculado a ello, el tema migratorio tiene un gran impacto, indudablemente, en el seno de la familia y en su reflejo en el ámbito judicial. Hay muchos niños que están al cuidado de abuelas y abuelos, pero se les ve como figuras con obligaciones y no como figuras con derechos. O sea, si tú formas parte de una relación jurídica familiar en la cual tienes obligaciones, también, por supuesto, debes tener derechos, porque es una correlación necesaria y, sobre todo, porque para conformar ese interés superior del niño, no puedes dejar de tener en cuenta a las personas que le son afectivamente cercanas, que son realmente sustento y pilare en su formación, como en este caso lo serían esos abuelos y abuelas.

Las situaciones de violencia en relación con los adultos mayores no solo se conectan con la condición de abuelos, van asociadas también a los cuidados de las personas adultas mayores por parte de sus hijos o familiares cercanos, que se concentra en una persona, mientras que las restantes no participan. Seguimos viendo que se deposita sobre esa cuidadora o en ese cuidador toda la responsabilidad, cuando es una responsabilidad que tiene que ser compartida. Esa es una forma de violencia también, por omisión, porque estás dejando de cuidar y, consecuentemente, estás siendo negligente para con esa persona. Eso, a la larga, lacera esa relación jurídica familiar entre hermanos, entre parientes, en relación con esa persona adulta mayor.

Beatriz Torres Rodríguez: Antes de adentrarnos en cuáles serían las principales manifestaciones de violencia intrafamiliar en Cuba, sería bueno apuntar algunos elementos acerca de lo que, desde el punto de vista teórico y metodológico, consideramos qué es violencia intrafamiliar. Una primera precisión es que de la violencia intrafamiliar no sólo es responsable la familia, sino todo el contexto social y cultural. La cultura patriarcal, la situación económica que experimenta hoy un recrudecimiento también tienen una incidencia en los casos de violencia.

Entendemos la violencia intrafamiliar como todo acto intencional de acción u omisión de un miembro de la familia hacia otro -de forma física, psicológica, patrimonial o sexual- que implique un daño a la otra persona. Por lo tanto, las manifestaciones pueden ser disímiles y así lo hemos confirmado en los casos que hemos visto en la Consejería de Familia o en la Consejería para Mujeres en situaciones de Violencia del Centro Oscar Arnulfo Romero, donde niños, niñas y otros integrantes de la familia, no sólo las mujeres, son víctimas directas o indirectas de la violencia.

En Cuba, lo que más se evidencia, en sentido general, es la violencia psicológica; en segundo lugar, hemos visto la violencia física y también violencia patrimonial, al despojar de los derechos a sus posesiones, en particular a las mujeres y a otros miembros de la familia. Y, por supuesto, violencia sexual, que son los casos de acoso o de abuso sexual, que pueden llegar, aunque en menor número, a las violaciones.

¿Cuáles son las principales vías para atender y enfrentar este fenómeno?

MDT: La manera más sostenible en el tiempo para luchar por la eliminación de las violencias que ocurren en los grupos familiares es la educación, el cambio cultural, la transformación de la subjetividad social, la deconstrucción de falsas creencias asociadas a justificar el maltrato.

Específicamente, en las familias aparecen criterios aprendidos de generación en generación sobre “lo bueno de una mano dura en la educación”, “la necesidad de una nalgada psicológica” o la creencia de que “la letra con sangre entra”. Todas esas percepciones son contrarias a promover el respeto a todas las personas de una familia y el ejercicio de sus derechos sin distinciones por sexo, género, orientación sexo erótica y afectiva, color de la piel, ideas religiosas, situaciones de discapacidad, ideas políticas y tantas otras características que hacen a cada ser humano único y digno de respeto.

A las familias hay que ayudarlas en ese aprendizaje. Estas vías mencionadas para obtener logros no implican que sean solo ellas las que deben aprender. La mayoría parte de la violencia que ocurre es aprendida, pero se desaprende y aprende a través de todos los espacios de socialización de los cuales

una sociedad dispone: escuelas, medios de comunicación, espacios recreativos y deportivos, organizaciones laborales y religiosas, etcétera. Cada ser humano debería desarrollar una sensibilidad especial y contar entre sus aprendizajes con el rechazo a cualquier forma de violencia, a lo que constituye una injusticia y una violación de derechos humanos. Por supuesto, el Derecho tiene el rol de prevenir y también de impedir las mayores injusticias frenando la violencia que tipifica como delito. Mucho se ha hablado de servicios de atención integral, que incluyan no solo atención sanitaria y rehabilitación, sino también orientación familiar, mediación cuando sea pertinente y otros servicios de atención a las familias. Existen algunos, pero aún no es suficiente.

IPG: En cuanto a las vías para atender y enfrentar estas violencias, es muy importante la labor educativa que pueden hacer jueces y abogados con sus clientes. También para todo el que interviene en el proceso, porque una audiencia bien conducida, donde se les marque los límites a las personas que intervienen en ese proceso, donde se busque y facilite la comunicación, es educativa. El tribunal tiene también el cometido de realizar actividad conciliatoria; eso no quiere decir que conducirá exactamente o de forma directa a un acuerdo entre las partes, pero siempre puede ayudar a la comunicación y, cuando se facilita la comunicación, se previenen actos de violencia en el seno de la familia. Los tribunales también están empeñados en hacer sentencias que sean de fácil comprensión para la población, o sea, no solo las llamadas sentencias de lectura fácil para que niñas, niños o una persona en situación de discapacidad entienda, sino en sentido general para que toda la población, todas aquellas personas que intervienen en un proceso, comprendan la sentencia y el alcance de un mandato judicial. Porque tampoco hacemos nada con tener una bella sentencia y que después no se pueda ejecutar ni cumplir. Para el enfrentamiento a la violencia también hay varios cauces procesales. O sea, usted tiene la posibilidad de hacer procesos sumarios, o sea rápidos, al menos teóricamente, donde se busquen fórmulas para enfrentar esa situación. Y ahí se aplica la medida cautelar de orden de restricción; pero siempre les digo a los abogados, a los jueces, a los fiscales, que no vean esa medida como la única, porque usted no resuelve un problema de violencia solo con una orden de restricción. Eso debe ir acompañado también de otras medidas cautelares, como puede ser el tratamiento terapéutico, psicológico, a la familia. Y esas dinámicas familiares pueden contribuir a la comunicación. A veces las situaciones de violencia se dan por cosas básicas que usted se da cuenta que podían haberse solucionado con una buena comunicación, con la ayuda de un especialista. Por supuesto, no estamos hablando de situaciones extremas de violencia. En esos casos se requiere un proceso penal, donde están previstas varias figuras para combatir las situaciones de violencia.

También existe algo que exploramos y utilizamos poco: el proceso de amparo de los derechos constitucionales, que se asienta en la significación social de la vulneración de los derechos y tiene como base la dignidad humana. O sea, vulnerar la dignidad humana de la persona amerita un cauce y un conocimiento en clave constitucional. Ese es un terreno poco explorado, realmente, por los operadores jurídicos.

BTR: Considera que la principal vía es la prevención, o sea, educar a la población y a las familias. En primer lugar, para no naturalizar la violencia, para identificar cuándo se produce en el medio intrafamiliar cualquier manifestación de violencia. También educar en un enfoque de derechos, o sea, en conocer y utilizar todas las posibilidades de protección que hay hacia mujeres, niños, niñas y otros familiares que son sujetos de violencia. Los medios de comunicación masiva que tienen, por supuesto, un rol importante en socializar toda esta información, todo este conocimiento, en sensibilizar. También los profesionales de la educación, de la salud, que reciben muchas veces a mujeres, niños, niñas o adolescentes u otro integrante de la familia sujeto de violencia y no siempre actúan de la manera más adecuada, así como también, por ejemplo, los profesionales de la policía y otras instituciones de enfrentamiento. Cuando ya estamos ante el acto de violencia, una de las vías es, por ejemplo, acudir a las consejerías que existen, no sólo en el centro Óscar Arnulfo Romero, sino en las Casas de Orientación de la Mujer y la Familia de la Federación de Mujeres Cubanas. O sea, buscar acompañamiento y atención de profesionales sensibilizados y capacitados para atender y acompañar este fenómeno.

¿Se percibe el impacto del nuevo Código de las Familias en la prevención y atención a este problema?

MDT: Personalmente creo que es pronto para tal afirmación. El Ministerio de Justicia y/o instituciones dedicadas a impartir justicia y a la investigación científica podrían dar cuentas de la información disponible para sistematizar y monitorear el cambio. Este tipo de transformaciones no son inmediatas. Fue difícil el debate y contrapunteo de opiniones que socialmente precedió a la aprobación del Código de las Familias; no creo en soluciones mágicas y cambios bruscos que digan “todo está resuelto”. Y “sin embargo, se mueve”. Hay avances. Sobre todo, estoy convencida de la necesidad del esfuerzo y

aporte de cada persona, grupo, organización, institución y política social que contribuya a desterrar la violencia como parte del comportamiento humano.

IPG: El impacto del Código de las Familias es indudable. Primero, el debate popular de la Constitución y luego el del Código aumentaron la cultura de las personas en cuanto a derechos porque, más que conocer una norma, lo importante para la población es conocer que tiene derechos para reclamar, que tiene derecho a ser respetada y eso, por supuesto, tiene un impacto para el conocimiento de cara a qué y cómo pueden reclamar. Eso impone también un reto a los operadores del Derecho, porque a veces las personas vienen con la foto de lo que dice el Código de las Familias y dicen: “yo quiero reclamar esto que dice aquí”. Eso impone un desafío a los operadores del Derecho, que tienen que estar actualizados con las normas.

Es muy importante que el Código de las Familias viene a cerrar esquemas de protección para las personas en situación de vulnerabilidad y para la violencia en específico, que ya apuntaban el Código de los Procesos el Código Penal y la Ley del Proceso Penal. Entonces se completó el esquema normativo de protección en ese orden.

BTR: Creo que el Código de las Familias sí protege y ha tenido impacto. Por ejemplo, en el caso del matrimonio infantil se estableció una edad límite a partir de los 18 años. Es verdad que no podemos con ello limitar las uniones consensuales, las relaciones sexuales, pero por lo menos es un límite. Eso, por poner solo un ejemplo. Además, ofrece una concepción más integral acerca de los derechos, en todo lo que tiene que ver con los cuidados, con el propio problema de la violencia.

Por supuesto, se debe mantener de manera sistemática la divulgación de todo lo que implica el Código, de todo lo que protege, no sólo para la familia, sino para los profesionales que acompañan y atienden todos estos procesos de violencia: juristas, psicólogos, médicos, educadores, etcétera, para que puedan implementar todas esas posibilidades que da esta nueva norma.

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