Entrevista a Endika Zulueta - Diagonal.- La actividad como abogado de Endika Zulueta ha estado vinculada a movimientos alternativos y contestarios. Desde hace años ha llevado la defensa de diferentes centros sociales y okupaciones en Madrid.
DIAGONAL: Algunos medios de comunicación han destacado como novedad que la reforma castigará la ocupación “con violencia”...
ENDIKA ZULUETA: Las ocupaciones de inmuebles realizadas con “violencia o intimidación en las personas” siempre han sido consideradas delito. La verdadera novedad fue la introducida en 1995, en el llamado Código Penal de la Democracia, que consideró delictiva la ocupación pacífica de inmueble (incluyendo en ella la fuerza en las cosas, como la rotura de una cerradura). Siempre se han ocupado inmuebles que no constituían previamente morada. El conflicto jurídico que se creaba entre propietario y ocupante se resolvía por la vía civil. El Estado lo ha considerado como una actividad delictiva sólo de forma excepcional, en dos ocasiones.
Durante el régimen de Primo de Rivera (que lo equiparaba al delito de sedición) y ahora, desde 1995, con el delito de usurpación. Ante la destrucción del llamado Estado de Bienestar determinadas personas okupan espacios en situación de abandono creando centros sociales en los que se fomenta una actividad política que denuncia esta situación. El Estado no considera al movimiento de okupación como un agente político más (no es un partido, no tiene actividad institucional, pero, indudablemente, tiene una pacífica actividad política), y lo debería hacer así atendiendo a lo enunciado en el artículo 1 de la Constitución (España tiene como principio ordenador el pluralismo político), en cambio, lo criminaliza.
Introduciendo esta actividad en el Código Penal el Estado identifica al okupa no como un adversario político, sino como un delincuente, y al delincuente como un enemigo a batir, poniéndose así en entredicho los cimientos del supuesto Estado democrático.